La resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, publicada el 15 de abril, establece la jornada laboral de 35 horas semanales para el personal al servicio de la Administración General del Estado. Su aplicación directa en el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) afecta a miles de profesionales en Ceuta, Melilla y el Centro Nacional de Dosimetría. La normativa exige ajustes inmediatos, negociación en la Mesa Sectorial y participación activa de los servicios de salud laboral.
¿Cuándo entra en vigor la jornada de 35 horas en INGESA?
La resolución se aplica desde el día siguiente a su publicación: 16 de abril de 2024. No requiere desarrollo adicional para su entrada en vigor. Sin embargo, su implementación efectiva depende de acuerdos en la Mesa Sectorial del INGESA, cuya próxima reunión está prevista para el 23 de abril. UGT exige agilidad: la regulación interna y su comunicación a Función Pública deben cerrarse en plazos muy cortos.
¿Cómo se adaptan los turnos y horarios en centros sanitarios?
Los cambios impactan a la mayoría de los profesionales: médicos, enfermeros, técnicos y personal administrativo. La reorganización afecta a turnos rotatorios, guardias y horarios fijos. En centros con alta demanda asistencial, como los hospitales de Ceuta y Melilla, se requiere una redistribución técnica y equilibrada. La normativa exige que los servicios de prevención de riesgos laborales participen en el diseño de los nuevos esquemas horarios.
¿Qué ocurre si no se puede aplicar de inmediato?
En casos excepcionales, se permite una transición gradual. Las jornadas que superen las 1.533 horas anuales —equivalente proporcional a 35 horas semanales— deben compensarse. La compensación se calcula mediante tablas oficiales específicas para turnos rotatorios, garantizando equivalencia real en descanso o remuneración.
¿Qué otros aspectos regula la resolución además de la jornada?
La normativa no se limita a la reducción horaria. Introduce mejoras estructurales clave:
- Regulación estricta de la justificación de ausencias, con protocolos unificados y trazabilidad digital.
- Inclusión obligatoria de periodos formativos dentro de la jornada laboral, con evaluación de competencias.
- Impulso a medidas de conciliación de la vida personal y laboral, como permisos retribuidos por cuidados y flexibilidad horaria real —no nominal—.
¿Cuál es el marco legal y económico de esta medida?
La resolución se sustenta en el Real Decreto-Ley 1/2023, que modifica el Estatuto de los Trabajadores para avanzar en la reducción progresiva de la jornada. Desde el punto de vista económico, la adaptación implica costes de reorganización, pero también ahorros en absentismo y mejora de la productividad asistencial. Jurídicamente, su aplicación está vinculada al Estatuto de los Trabajadores, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y los acuerdos del Convenio Colectivo del INGESA.
Datos Clave
- La jornada de 35 horas se aplica desde el 16 de abril de 2024, sin necesidad de norma adicional.
- Afecta directamente a INGESA, incluyendo Ceuta, Melilla y el Centro Nacional de Dosimetría.
- La negociación obligatoria se realiza en la Mesa Sectorial, con participación de salud laboral.
- Las horas excedentes se compensan con base en tablas de equivalencia para turnos rotatorios.
- La resolución incluye justificación de ausencias, formación obligatoria y conciliación real.
La tridimensionalidad de esta medida es evidente: en el contexto actual, responde a la presión sindical y social por reducir la sobrecarga en sanidad; desde el impacto económico, exige inversión inicial pero genera eficiencia operativa y menor rotación; y en el marco práctico y legal, su cumplimiento depende de la coordinación entre Función Pública, INGESA y los comités de empresa, bajo supervisión de la Inspección de Trabajo.
