El Pacto Europeo de Migración y Asilo entró en vigor hace menos de una semana y ya genera alertas en toda la UE. Organizaciones como Andalucía Acoge, juristas y observadores independientes denuncian su sesgo restrictivo. El acuerdo prioriza contención sobre protección. Reduce garantías procesales. Facilita retornos forzosos. Y abre la puerta a la externalización de fronteras. Todo ello bajo una lógica de contención política más que de gestión humana y sostenible.
¿Qué cambia con el Pacto Europeo de Migración y Asilo?
El nuevo marco legal reestructura por completo el sistema de asilo europeo. Sustituye la antigua normativa por un sistema acelerado y centralizado. Introduce plazos más cortos para resolver solicitudes. Obliga a los Estados miembros a aplicar procedimientos comunes. Pero también permite acuerdos bilaterales con terceros países para gestionar solicitudes fuera del territorio comunitario.
Esto significa que una persona que llegue a un país de la UE ya no necesariamente será atendida allí. Puede ser trasladada a un centro en Mauritania, Túnez o Albania, incluso sin haber cometido infracción alguna.
¿Cómo afecta la externalización de fronteras a los migrantes?
La externalización no es nueva, pero el Pacto la normaliza y refuerza. España ya gestiona dos centros abiertos en Mauritania, aunque aún no se usan para alojar retornados. Su activación dependerá de decisiones políticas nacionales. Pero el marco legal ahora lo permite explícitamente.
Estos centros no están sujetos al control judicial europeo. Tampoco garantizan acceso a abogados, intérpretes o recursos efectivos. La distancia geográfica se convierte en una barrera jurídica.
¿Por qué el Pacto refleja una deriva política hacia la ultraderecha?
José Miguel Morales, director de Andalucía Acoge, lo define con claridad: “Europa ya es rehén de la ultraderecha”. No se trata de una metáfora. Es una descripción del equilibrio de poder. Los grandes partidos europeos ajustan su agenda migratoria no a los estándares del derecho internacional, sino a la presión electoral de formaciones extremistas.
Esto ha llevado a políticas que priorizan la imagen de control sobre la eficacia real. Se agilizan expulsiones, pero no se invierte en integración. Se firman acuerdos con Estados frágiles, pero no se exige transparencia ni rendición de cuentas.
¿Qué dice el derecho internacional al respecto?
El Pacto choca frontalmente con el principio de no devolución (non-refoulement), garantizado por la Convención de Ginebra y la Convención Europea de Derechos Humanos. También vulnera el derecho a un recurso efectivo y a una decisión individualizada.
La Corte Europea de Derechos Humanos ya ha sentado jurisprudencia contra prácticas similares. Pero el nuevo marco dificulta su aplicación práctica al desplazar los procedimientos fuera del ámbito de su competencia.
¿Cuál es el impacto económico real del Pacto?
La externalización no es barata. Requiere inversión en infraestructura, personal y acuerdos diplomáticos. Los centros en terceros países generan costos recurrentes: seguridad, logística, supervisión mínima. Y no eliminan los gastos de los sistemas nacionales de acogida, que siguen operando.
Además, se pierde valor económico derivado de la migración: mano de obra cualificada, emprendimiento, consumo y contribución fiscal. Estudios de la OCDE y el Banco Mundial confirman que la migración regular impulsa el crecimiento. El Pacto, en cambio, fomenta la irregularidad al cerrar vías seguras y legales.
¿Qué alternativas existen desde la práctica?
Andalucía Acoge propone tres ejes: 1) Vías legales y seguras, como visados humanitarios o programas de reasentamiento; 2) Fortalecimiento de los sistemas nacionales de asilo, con más personal cualificado y menos presión por cumplir plazos artificiales; 3) Cooperación real con países de origen y tránsito, basada en desarrollo, no en contención.
Estas medidas ya se aplican con éxito en Canadá, Uruguay y Alemania en contextos específicos. No son utópicas. Son técnicamente viables y económicamente sostenibles.
Datos Clave
- El Pacto Europeo de Migración y Asilo entró en vigor el 12 de junio de 2024.
- Permite la externalización de procedimientos de asilo a terceros países.
- España mantiene dos centros abiertos en Mauritania, listos para activarse.
- El principio de no devolución queda debilitado ante la falta de control judicial en centros externos.
- Organizaciones como Andalucía Acoge lo califican de contrario al derecho internacional y a los intereses a largo plazo de la UE.
